El alcance de la protección, aplicada a los vinos, incluye el nombre geográfico “León” en los términos previstos en el artículo 103 del Reglamento (UE) n.º 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, y el término tradicional “denominación de origen”, en los términos previstos en el artículo 113 de este mismo Reglamento (Fuente).