El INVIMA, informa a los titulares de registros sanitarios de bebidas alcohólicas destinadas para consumo humano que al momento de su Renovación y cuya nomenclatura cuente con el sufijo “R” adicionado con los números 1, 2 y así sucesivamente, que podrán agotar las existencias que tengan sin necesidad de realizar el trámite de Autorización de Agotamiento de Etiquetas (Fuente).