En tanto, la Disposición 7387/2020 estableció la prohibición de “la comercialización en todo el territorio nacional y en las plataformas de venta digitales del producto rotulado: Aceite de girasol marca: El Entrerriano, RNPA 02-571050, RNE 02-033960, por ser un producto falsificado y falsamente rotulado al consignar registros de producto y establecimiento de otro alimento, resultando ser en consecuencia ilegal” (Fuente).
Aceite de oliva
Asimismo, la Disposición 7394/2020 fijó la prohibición de “la comercialización en todo el territorio nacional del producto y en las plataformas de venta en línea del producto: Aceite de Oliva Extra Virgen, marca Olivos del Alma, Establ. N° 13431962 Prov. de La Rioja RNE 2212-162854-29 RNPA 2212-2042-44 por carecer de registros de producto y establecimiento, por estar falsamente rotulado, resultando ser en consecuencia ilegal” (Fuente).