Con base en las disposiciones del artículo 23 de la Ley que regula la seguridad y el saneamiento de los alimentos, el Ministerio de Salud y Bienestar propone anunciar el requisito de etiquetado para los alimentos preenvasados donde la superficie más grande es inferior a 10 cm2 y que se venden en el mercado eximir parte del etiquetado que exige el artículo 22 de la Ley de Higiene y Seguridad Alimentaria (Fuente).
